Complemento de ayuda para la infancia del IMV

55 IVA Incluido

Complemento de ayuda para la infancia del IMV

55 IVA Incluido

En caso de realizar la compra del servicio y luego no poder llevar a cabo la solicitud por incumplimiento de los requisitos, no se realizará la devolución del dinero al considerarse estudiada por nuestro equipo.

El Complemento de Ayuda para la Infancia del Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una medida clave para luchar contra la pobreza infantil en España. Este complemento está diseñado para familias que ya reciben el IMV y tienen hijos menores, proporcionando un apoyo financiero adicional para garantizar el bienestar de los niños.

Requisitos de Elegibilidad

Deben cumplirse los siguientes:

    • Ingresos < 300% de umbrales de renta garantizada.
    • Patrimonio neto < 150% de límites de tope patrimonial.
    • Límite de patrimonio: seis veces la renta garantizada para un adulto.

Aspectos Administrativos

  • Los beneficiarios deben presentar anualmente la declaración de la renta (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Cuantías y Beneficios
Estas cuantías corresponden a las tasas vigentes en 2024 y están sujetos a la continuidad del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, como la vulnerabilidad económica y los límites de ingresos y patrimonio.
  • Menores de 3 años: 115 euros.
  • De 3 a menos de 6 años: 80,50 euros.
  • De 6 a menos de 18 años: 57,50 euros.
Cuantías y Beneficios

Lo que opinan de nuestro servicio

Conocer la experiencia de otros en tu situación, es la mejor forma de conocer lo que ofrecemos
Reseñas
4.9
Basado en 57 reviews
powered by Google
  • Me han ayudado muchísimo con bastantes trámites los cuales como mamá primeriza se me era imposible gestionar, sobre todo Sara la cual me ha ayudado en la inscripción en la... leer más

    Carla Martínez Avatar Carla M.
    20 de mayo de 2025

    Muy contenta con el servicio. Te atienden de una manera muy cercana y te resuelven todas las dudas. Nos han facilitado todo especialmente ahora con un bebé recién nacido. Contaremos... leer más

    Rocio Sanchez Avatar Rocio S.
    17 de mayo de 2025

    Estoy encantada, me han ayudado muchísimo 😊

    sheila mauro león Avatar sheila m.
    17 de mayo de 2025

    Muy contenta con la gestión de los tramites y la resolución con mucha rapidez. Sara ha sido muy profesional y muy atenta respondiendo mis dudas. Lo recomiendo 100% si eres... leer más

    Patricia RF Avatar Patricia R.
    17 de mayo de 2025
  • Excelente servicio son super rápidos y responden todas las dudas

    anyelin belandria Avatar anyelin b.
    10 de mayo de 2025

    Estoy muy contenta , Sara ha sido un amor , te resuelve todas las dudas , y te lo arreglan todo enseguida .

    Kiara Rebull Gisbert Avatar Kiara R.
    10 de mayo de 2025

    Buenísima experiencia con ellos. Han tramitado toda la documentación muy rápidamente y nos han permitido despreocuparnos de todo el papeleo. Además la atención personalizada nos ha dado mucha tranquilidad durante... leer más

    Elena Serrano Fernandez Avatar Elena S.
    3 de mayo de 2025

    Servicio impecable y rápido. Sara es una persona muy efectiva y cercana, lo recomendaría a todos los papis. Una suerte haber podido contar con BabyLegal.

    Carla ROMERO FERNÁNDEZ Avatar Carla R.
    26 de abril de 2025
  • Excelente servicio, resolvieron nuestras dudas mas que rápido y realizaron la presentación de los tramites rápidamente y eficazmente. Super recomendable

    Jazmin Arcal Avatar Jazmin A.
    24 de abril de 2025

    Súper contentos de haber contratado el servicio para tramitar todo el papeleo después del nacimiento de nuestra bebé. Sara ha resuelto todas nuestras dudas de forma rápida y sencilla. Muchas... leer más

    Silvia Muñoz Bellido Avatar Silvia M.
    24 de abril de 2025

    Hacer papeleos siempre es estresante, y más si acabas de tener un bebito/a con todos los cambios que esto conlleva los primeros días. BabyBeLegal, en concreto Sara, nos han quitado... leer más

    Mireia Marquès Avatar Mireia M.
    24 de abril de 2025

    Volvería a confiar sin duda, 10/10 rapidez y servicio.

    Adriana Cruz Avatar Adriana C.
    24 de abril de 2025
  • Un servicio excelente. Tramitaron todo el papeleo con agilidad. La comunicación con nuestra gestora Sara ha sido rápida y fácil. Recomendado 100%.

    Mark Barrachina Barreres Avatar Mark B.
    24 de abril de 2025

    Mi experiencia ha sido maravillosa, me han ayudado muchísimo desde el primer momento sin preocuparme en absoluto de todo el papeleo. Lo recomiendo 100 %.

    Diana Villalba Ruescas Avatar Diana V.
    24 de marzo de 2025

    Son super rápidas, atentas, y te facilitan absolutamente todo, es recomendable y 100% confiable

    mafer rodma Avatar mafer r.
    24 de marzo de 2025

    Súper contentos con el trato recibido. Nos han realizado todos los trámites de forma sencilla y sin preocupaciones para nosotros. Sara muy amable y atenta ! Ha sido todo muy... leer más

    Irene Rivera Avatar Irene R.
    24 de marzo de 2025

Estamos aquí para ayudarte.

Preguntas frecuentes sobre el complemento de ayuda para la infancia del IMV

Es una ayuda económica mensual que se otorga por cada menor de edad integrante de la unidad de convivencia, con el objetivo de reducir la pobreza infantil.

A partir de 2024, las cuantías mensuales son:

  • Menores de 3 años: 115 euros.
  • Entre 3 y 6 años: 80,50 euros.
  • Entre 6 y 18 años: 57,50 euros.

Unidades de convivencia que:

  • Incluyan menores de edad entre sus miembros.
  • Cumplan con los requisitos del IMV o los establecidos respecto a límites de ingresos, patrimonio neto y test de activos específicos para el complemento.

No. Si ya eres perceptor del IMV y tienes menores a cargo, el complemento se reconocerá automáticamente. Si no percibes el IMV, puedes solicitar el complemento presentando una solicitud del IMV, ya que el formulario sirve para ambas prestaciones.

Los ingresos deben ser inferiores al 300% de los umbrales establecidos para la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia. El patrimonio neto debe ser inferior al 150% de los límites fijados para el patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia.

No. El complemento es incompatible con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%. Además, las prestaciones o ayudas incompatibles con el IMV también lo son con el CAPI, incluso si se percibe de forma independiente.

Debes realizar una solicitud del IMV a través de los canales establecidos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya que el formulario de solicitud del IMV también sirve para el complemento.

Todos los beneficiarios del IMV, incluidos aquellos que solo perciben el complemento, están obligados a presentar anualmente la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).