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La baja por paternidad en España, también conocida como prestación por nacimiento y cuidado del menor, es un derecho reconocido que permite a los progenitores disfrutar de un período de descanso remunerado tras el nacimiento, adopción o acogida de un hijo.
Desde 2021, la duración de la baja por paternidad es de 16 semanas para nacimientos de un solo bebé, equiparándose al permiso de maternidad. En caso de parto múltiple, se añade una semana extra por cada hijo adicional para cada progenitor.
Esta prestación será abonada por la Seguridad Social, garantizando que los trabajadores puedan disfrutar de este tiempo sin ver afectados sus ingresos.
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❌Baby Be Legal no puede tramitar las bajas de los mutualistas, ya que estos no cotizan en la SS. (Por ejemplo: MUFACE, ISFAS, MUJEGU).
Cuando se solicita la baja por maternidad o paternidad, es posible elegir entre dos modalidades de disfrute:
Baja continuada: Se disfruta de forma ininterrumpida, comenzando con las 6 primeras semanas obligatorias tras el nacimiento y continuando con las 10 semanas restantes seguidas.
Baja fraccionada: Después de las 6 primeras semanas obligatorias, las 10 semanas adicionales se pueden dividir en distintos periodos dentro del primer año del bebé. Esta opción ofrece mayor flexibilidad, permitiendo que cada progenitor elija cuándo disfrutar su baja en función de su situación personal y laboral.
En determinadas situaciones, el periodo de prestación por paternidad puede ampliarse para garantizar el cuidado del recién nacido. Estas ampliaciones están reguladas por la Seguridad Social y dependen de las condiciones médicas del bebé al nacer o en su primer mes de vida.
¿Cuándo se puede ampliar la baja por paternidad?
Para gestionar esta ampliación, será necesario presentar:
📄 Informe de alta hospitalaria completo del bebé.
📄 Nuevo certificado de empresa, donde se indiquen los días de ingreso y el periodo en el que se disfrutará la ampliación.
Estamos aquí para ayudarte.
La baja por paternidad tiene una duración de 16 semanas y es intransferible, es decir, no se puede ceder a la madre u otro progenitor.
El permiso puede iniciarse en los siguientes momentos:
✔ Justo después del nacimiento del bebé.
✔ A partir de la resolución de adopción o acogimiento.
✔ En un momento posterior, siempre dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento, aunque las primeras 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas tras el parto.
Sí, después de las 6 primeras semanas obligatorias, las 10 semanas restantes pueden disfrutarse de manera interrumpida en diferentes periodos dentro del primer año del bebé.
Si eliges la baja fraccionada, cada periodo adicional deberá gestionarse como un nuevo trámite y tendrá un coste adicional.
Se cobra el 100% de la base reguladora de tu salario, en bruto.
Los autónomos también tienen derecho a la baja por paternidad, siempre que cumplan con:
✔ Estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
✔ Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
Si el padre está cobrando el paro, la prestación se debe suspender temporalmente durante la baja por paternidad. Una vez finalizado el permiso, se puede reanudar el cobro del paro.
No, la baja por paternidad es incompatible con cualquier actividad laboral.
Sí, es compatible con:
✔ Deducción por familia numerosa.
✔ Ayudas autonómicas por nacimiento.
✔ Otras prestaciones familiares disponibles en la Seguridad Social.
No importa de qué comunidad seas, tenemos un gestor especializado para ti que conoce la legislación de tu ciudad.
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