IMV o Complemento de ayuda para la infancia del IMV (CAPI)

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Tramitamos el complemento de ayuda a la infancia del Ingreso Mínimo Vital o la CAPI. Revisamos tu situación familiar y presentamos la solicitud para garantizar que recibas esta prestación mensual adicional.

En Baby Be Legal nos encargamos de tramitar por ti el Complemento de Ayuda a la Infancia, sin complicaciones ni errores. Nuestro servicio incluye:

  • Revisión personalizada para confirmar si tu familia cumple los requisitos de acceso.
  • Preparación y presentación telemática de la solicitud ante la Seguridad Social.
  • Acompañamiento vía WhatsApp con una gestora que te mantiene informada de cada paso.
  • Gestión de documentación y subsanaciones, en caso de que la administración solicite aclaraciones.
  • Seguimiento continuo del expediente hasta la resolución y confirmación del cobro.
  • Añade al carrito y compra online el trámite que necesites.
  • Se te asignará un gestor, que te contactará en un plazo de 24 horas hábiles tras la compra para verificar toda la documentación y empezar con tus trámites.
  • Para algunos servicios, nos autorizas con app clave o vía SMS de la SS, para otros no será necesario.
  • Nos encargamos de todos los trámites y te enviamos los comprobantes de las solicitudes vía email.

    Incluye comunicación directa contigo por WhatsApp para resolver cualquier duda sobre el trámite.
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Rápido y seguro
Justificante Oficial
Gestor especializado
REQUISITOS PRINCIPALES

Requisitos para gestionar IMV o complemento de ayuda para la infancia (CAPI)

Para poder solicitar el Complemento de Ayuda a la Infancia es necesario cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad a cargo.
  • Ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV) o cumplir los límites de ingresos establecidos.
  • Residir legalmente en España y haberlo hecho de forma continuada durante al menos 1 año previo a la solicitud.
  • Estar empadronado en el domicilio habitual junto con los menores beneficiarios.
  • Tener toda la documentación actualizada (DNI/NIE, libro de familia, certificado de convivencia, etc.).
  • La solicitud puede presentarse en cualquier momento del año, siempre que se cumplan los requisitos de convivencia e ingresos.
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¿Cómo funciona nuestro servicio?

Te acompañamos desde que eliges el servicio hasta que finalizamos tus trámites:
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Escoge el trámite o ayuda que necesites

Selecciona el servicio que necesites y agrégalo al carrito de compra, finaliza la compra y recibirás un correo de confirmación de tu pedido.

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Rellena el formulario

Tras la compra, recibirás un correo, en él encontrarás próximos pasos y un formulario para que nos facilites los datos necesarios.

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Te contactamos

Te asignamos un asesor, que se pondrá en contacto contigo y revisará tu información para valorar tu caso y confirmar los siguientes pasos.

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Gestionamos tus trámites

Nos encargamos de presentar toda la documentación y realizar los trámites por ti. Una vez presentados, te enviamos los justificantes de presentación y nos mantenemos en contacto contigo.

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Preguntas frecuentes sobre el complemento de ayuda para la infancia

Es una ayuda económica mensual que se otorga por cada menor de edad integrante de la unidad de convivencia, con el objetivo de reducir la pobreza infantil.

Unidades de convivencia que:​

  • Incluyan menores de edad entre sus miembros.​
  • Cumplan con los requisitos del IMV o los establecidos respecto a límites de ingresos, patrimonio neto y test de activos específicos para el complemento.

Los ingresos deben ser inferiores al 300% de los umbrales establecidos para la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia. El patrimonio neto debe ser inferior al 150% de los límites fijados para el patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia.

Debes realizar una solicitud del IMV a través de los canales establecidos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya que el formulario de solicitud del IMV también sirve para el complemento.

A partir de 2024, las cuantías mensuales son:​

  • Menores de 3 años: 115 euros.​
  • Entre 3 y 6 años: 80,50 euros.​
  • Entre 6 y 18 años: 57,50 euros.

No. Si ya eres perceptor del IMV y tienes menores a cargo, el complemento se reconocerá automáticamente. Si no percibes el IMV, puedes solicitar el complemento presentando una solicitud del IMV, ya que el formulario sirve para ambas prestaciones. ​