
Complemento de ayuda para la infancia del IMV
49€ IVA Incluido
En caso de realizar la compra del servicio y luego no poder llevar a cabo la solicitud por incumplimiento de los requisitos, no se realizará la devolución del dinero al considerarse estudiada por nuestro equipo.
Requisitos de Elegibilidad
Deben cumplirse los siguientes:
-
- Ingresos < 300% de umbrales de renta garantizada.
- Patrimonio neto < 150% de límites de tope patrimonial.
- Límite de patrimonio: seis veces la renta garantizada para un adulto.
Aspectos Administrativos
- Los beneficiarios deben presentar anualmente la declaración de la renta (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
COMPLEMENTO AYUDA PARA LA INFANCIA DEL INGRESO MÍNIMO VITAL
- Menores de 3 años: 115 euros.
- De 3 a menos de 6 años: 80,50 euros.
- De 6 a menos de 18 años: 57,50 euros.

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Preguntas frecuentes sobre el complemento de ayuda para la infancia del IMV
¿Qué es el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)?
Es una ayuda económica mensual que se otorga por cada menor de edad integrante de la unidad de convivencia, con el objetivo de reducir la pobreza infantil.
¿Cuáles son las cuantías del complemento según la edad de los menores?
A partir de 2024, las cuantías mensuales son:
- Menores de 3 años: 115 euros.
- Entre 3 y 6 años: 80,50 euros.
- Entre 6 y 18 años: 57,50 euros.
¿Quiénes pueden beneficiarse del CAPI?
Unidades de convivencia que:
- Incluyan menores de edad entre sus miembros.
- Cumplan con los requisitos del IMV o los establecidos respecto a límites de ingresos, patrimonio neto y test de activos específicos para el complemento.
¿Es necesario solicitar el complemento por separado del IMV?
No. Si ya eres perceptor del IMV y tienes menores a cargo, el complemento se reconocerá automáticamente. Si no percibes el IMV, puedes solicitar el complemento presentando una solicitud del IMV, ya que el formulario sirve para ambas prestaciones.
¿Cuáles son los límites de ingresos y patrimonio para acceder al CAPI?
Los ingresos deben ser inferiores al 300% de los umbrales establecidos para la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia. El patrimonio neto debe ser inferior al 150% de los límites fijados para el patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia.
¿Es compatible el CAPI con otras prestaciones?
No. El complemento es incompatible con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%. Además, las prestaciones o ayudas incompatibles con el IMV también lo son con el CAPI, incluso si se percibe de forma independiente.
¿Cómo se solicita el CAPI si no soy perceptor del IMV?
Debes realizar una solicitud del IMV a través de los canales establecidos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya que el formulario de solicitud del IMV también sirve para el complemento.
¿Qué obligaciones tengo una vez reconocido el complemento?
Todos los beneficiarios del IMV, incluidos aquellos que solo perciben el complemento, están obligados a presentar anualmente la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
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